Historia Antigua - Universidad de Zaragoza - Prof. Dr. G. Fatás

SOCIEDAD Y FAMILIA EN ISRAEL

Sobre R de Vaux, Les institutions de lÕAncien Testament, París 1961 y 1967 y H. Avalos, ÒLegal and Social Instit. in Canaan & Ancient IsraelÓ, CANE I (J. M. Sasson ed.), NY, 1995, 615-631

ORIGEN
Hacia fines XIX un grupo semita (Abraham) deja Mesopotamia hacia Canaán donde ese establece con dificultades. Más o menos cuando la invasión hicsa (1650?) migran a Egipto (Historia de José). Se guarda conciencia de origen y unidad. Dos siglos de estancia, con discusión de la fecha: 1. entre 1450 (Amenofis II) y 1240 (Ramsés II) o desde hicsos hasta 1440. El grupo en éxodo pacta con Yahveh y adopta una forma federal entre tribus (12) bajo Moisés.

FUENTES
1. Históricas. 1.1 Pentateuco (ÒCinco LibrosÓ). Génesis (vida de los patriarcas), Éxodo (estancia en Egipto y retorno a Canaán), Libros normativos (Levítico, Números, Deuteronomio) sobre la organización religiosa y política y las normas de vida derivadas de las revelaciones del Sinaí. 1.2 Libros historiográficos (Josué, Jueces, Samuel, Reyes, Crónicas), sobre la conquista de Canaán y la sedentarización y la monarquía. Redacciones sucesivas que toman forma con Nehemías (h. 445 a. C.)

2. Jurídicas. 2.1 Decálogo (Éx. XX 2-17, Deut. V 6-21), preceptos escuetos y esenciales dictados y escritos por Yahveh que son inmutables y de origen divino sin intermediarios, entregados a Moisés. 2.2 Código de la Alianza (Éx. XX 22-XXIII 33), de igual procedencia, pero casuísticos, al modo mesopotamio o hitita. Ley de federación de tribus (Àpromulgada por Josué en Siquem?) 2.3 Deuteronomio, o Segundo Libro de la Ley (Deut. XII-XXVI), atribuído a Josías de Judá (621), que renueva y actualiza las normas y traduce el espíritu reformador y profético del s. VIII. Religión más espiritualizada, preocupación por la justicia y el débil. 2.4 Tras el cautiverio en Babilonia (587-539/537), restauración religiosa de Esdras y Nehemías, reformas y nuevas codificaciones: Levítico (código sacerdotal bajo Nehemías, h. 445), Libros de los Profetas y Libros Sapienciales (Job, Salmos, Proverbios, Eclesiástico, Eclesiastés, etc.), con consejos morales e influencia de literaturas anteriores, visiblemente de la egipcia. 2.5 El Talmud, compuesto por la Mishná (doctrinas, jurisprudencia y exégesis de la Torah o ley divina) y la Guemara, comentarios a la Mishná de las dos grandes escuelas (Jerusalén y Babilonia, que predomina).

RASGOS DEL DERECHO
Origen divino, indiscutible. Dios otorga un pacto exclusivo a "su" pueblo. La ley nace sin intermediarios. La Torah ("enseñanza"), interpreta, estudia, adecua, explica. Libertad y responsabilidad del individuo directamente con Dios.

ORGANIZACIÓN POLÍTICA. FASES
1. Tribus patriarcales, nomadismo, consanguíneos con ancestro común, composición por familias según la descendencia de Jacob. Jacob, cuyo nombre fue cambiado a Israel, reconciliado con Esaú, tuvo 13 hijos, de los cuales proceden las "tribus" de Israel. Leah le dio la única hija, Dinah, y seis varones: Rubén, Simeón, Leví (que no originó "tribu", sino un grupo de servidores litúrgicos), Judá, Isacar y Zabulón (Zebulun). Una sierva de Leah, Zilpah, le dio a Gad y Asher; una sierva de Raquel, Bilhah, a Dan y Neftalí. De Raquel tuvo a Benjamín y José. Éste, cuya historia en Egipto es famosa, no creó "tribu", pero sí sus dos hijos, Manasés y Efraím. El hambre llevó a toda la familia a Egipto, donde José, vendido antaño como esclavo por sus hermanos, era ya un importante personaje, que los salvó. Jacob murió en Egipto a sus 147 años pero fue enterrado en Hebrón (Canaán), donde ya yacía Sara, esposa de Abraham. La historia de Esaú y Jacob obedece claramente a la interpretación teológica de la victoria de Israel sobre Edom en tiempos de David. Las "doce tribus" parecen el resultado de un proceso de asimilación, intercambio y organización federativa entre los grupos salidos de Egipto y otros ya residentes en Palestina, con alguna comunidad cultural (semítica) que les ayudó a oponerse a otros rivales y, singularmente, a los filisteos, que operaban desde la costa, puesto que Edom (al S), Moab (al E. del Mar Muerto) y Amón (en el borde del Desierto Sirio), aunque politeístas, eran, más bien, considerados por el conglomerado "Israel" no israelitas pero sí "hebreos". El número de tribus fue creciendo más tarde por incorporación de grupos parecidos al hebreo pero ya residentes en Palestina (bajo David) y de asentamientos de cananeos (bajo Salomón: los gibeonitas, entre ellos). Este conglomerado, un tanto laxo, tiende a actuar unido episódicamente bajo la presión de algún peligro cercano que obliga a unificar esfuerzos de guerra bajo la dirección de un "caudillo" (juez), jefe carismático del tipo de Elías o Samuel. El hábito cooperativo y la consistencia del enemigo dieron como fruto la creación de un sistema de poder estable y unificado (la monarquía de tipo cananeo), instaurada por Samuel, el último caudillo profético, en la persona de Saúl (1030) a quien sucedió otro protegido de Samuel (David, 1010), cabeza de una dinastía que continuaron sus descendientes Salomón (972) y Roboam (933), bajo el gobierno del cual el reino se dividió en dos.

2. Tránsito a la sedentarizacion. Guerras de ocupación continuadas. Debilitación de la estructura tribal patriarcal. Federación de tribus reforzada (Josué en el Pacto de Siquem), unidad del nombre (Israel), comunidad de religión, derecho (Josué XXIV). Etapa de los "Jueces" o caudillos temporales del conjunto en situaciones de emergencia para una tribu o para el conjunto federal (Moisés, Josué, Gedeón), basados en su autoridad y valor personales, no institucionalizados ni, menos, hereditarios. Base religiosa (y rudimentaria) del sistema político. Asamblea de tribus y asamblea general ("del Pueblo de Dios") en casos extremos. Asimilación incipiente de otros grupos semitas residentes, que no son "Israel", pero pueden tener consideración de "hebreos".

3. Monarquía. Atenúa de hecho la idea de que Yahveh es el jefe de Israel, que recurre a caudillos en emergencias. Palestinización o cananeización de los usos. 3.1 Gedeón rechaza un sistema similar por escrúpulos, pero lo acepta su hijo Abimelec, ante los filisteos. 3.2 Hacia 1025, Saúl es elegido melek (rey) por el profeta-caudillo Samuel, que lo unge. No es hereditario. 3.3 David (1010-970/965/961) acaudilla en Hebrón a Judá. Israel lo ratifica. Capital en Jerusalén. Dualidad desde entonces entre Judá (y Benjamín) e Israel (resto de las tribus). 3.4 Salomón (970/965/961-931/922). Apogeo de Israel, efímero. Intensa fenización. Salomón exaltado por la memoria israelita, pero conducta objetivamente contraria en puntos importantes a la ortodoxia yahvista. 3.5. "Castigo": el reino se divide. Judá (menor, al S.), bajo Roboam, permanece fiel (Jerusalén) y pervive hasta Nabucodonosor (587). Israel, con Jeroboam (cap. Samaria) hasta 721 (Sargón II). Monarquía carismática, no siempre hereditaria, personajes proféticos destacados políticamente. Reacción de la base federalizante y populista contra la autocracia salomónica.

RASGOS DE LA MONARQUÍA 1. El rey es lugarteniente de Dios.
2. No es dios como en Egipto, ni omnímodo como en Sumer, ni primer sacerdote como en el ámbito cananeo.
3. Es ungido por el poder de Dios y con intervención de algún personaje sacro o carismático y, por lo mismo, debe atender a las voces sagradas de sacerdotes y profetas.
4. Es ratificado popularmente y en Judá está más clara la transmisión hereditaria.
5. El rey (Salmo LXXII) vela por el pueblo, es ÒjustoÓ, es la espada de Dios. No es legislador (lo es Yahveh).
6. Su familia interviene en política, incluso la esposa, ÒGran SeñoraÓ, con rango oficial en Judá (como en Hatti). Poligamia real: no todas las esposas son reinas.
7. La guardia real es mercenaria (extranjera).
8. Los altos dignatarios (ejército profesionalizado crecientemente desde Saúl, guardia, palacio, cancillería) y el Sumo Sacerdote.
9. La administración territorial. Prefectos de provincia (12 con Salomón), cada una de las cuales asegura la provisión del palacio durante un mes, al modo neobabilonio (y, luego, aqueménide). La egipcianización (?) da relieve a los escribas profesionales. (En el reino separado de Judá hay doce ciudades).
10. Finanzas. La centralidad no distingue bien entre tesoro real, bienes del reino y bienes del Templo. Gastos principales en ejército, funcionariado, obras públicas. Ingresos por explotación del patrimonio real (fundos, talleres), impuestos sobre comercio, diezmos, tributos de vasallos, derramas de emergencia.
11. Asamblea del Pueblo de Dios: de facto reducida a militares, altos dignatarios y cabezas de tribu. Es importante en Israel tras la secesión (Judá es más sacerdotal).

JUSTICIA Y DERECHO PENAL
Patriarcal en origen, incluye vindicta y solidaridad del grupo, activa y pasiva. Compensaciones taliónicas. Con la monarquía, el juez supremo es el rey, que ejerce a través de tribunales (jueces regios, levitas) en materia civil, penal y religiosa. El Consejo de Ancianos es la jurisdicción de primera instancia (local) civil y penal. Todo juzgador es intérprete de la Ley de Dios. Las penas mantienen la vindicta, aunque la reducen: animales (Éx. XXI 28), ley del talión (Éx. XXI 23-24). La pena puede concebirse como expiación religiosa. Derecho de asilo para delitos no intencionados (Éx. XXI 12-13; Núm. XXXV 9-34). Responsabilidad del individuo, muy característica (Deut. XXIV 16; II Reyes XIV 5-6). Necesidad de pruebas sólidas y convincentes. Regulación minuciosa del testimonio y búsqueda de su objetividad externa (numerosas exclusiones por afinidad o icapacidad): nunca un solo testimonio basta para la condena a muerte (Deut. XIX 15). Ordalía reservada al adulterio (femenino) (Núm. V 12-31). Castigos físicos humanizados respecto de lo habitual (Mesopotamia). Mutilación proscrita, limitación del apaleamiento (40 golpes, Deut. XXV 2-3). La lapidación extramuros simboliza el carácter colectivo y popular de la justicia: reservada a conductas graves contra la religión o sus normas principales (idolatría, blasfemia, asesinato, incesto, adulterio).

SOCIEDAD
Reino de Israel: 800.000 h? Reino de Judá: 200.000 h? (hacia el 700). Desde la sedentarización, acusada diferenciación social. Libres. Notables (consejo local, ancianos) de las localidades, numerosas pero pequeñas (1.000-2.000 h.; Jerusalén y Samaria, en el s. I, acaso 25-30.000 h.). Funcionarios y escribas. Abundantes artesanos. El comercio es monopolio real y el privado está en manos de extranjeros (fenicios, asirios). El judío no es comerciante hasta la Diáspora del s. II. Numerosa población agraria, granjas, jornaleros. Clero. Muy importante. Los levitas son servidores profesionales de la religión, funcionarios del culto de variados niveles, bajo la autoridad del Sumo Sacerdote. No pagan impuestos, perciben una parte del diezmo del Templo, serán decisivos en Judá (el Sumo Sacerdote unge al rey e incluso lo depone II Reyes XI), donde velan por la ortodoxia (idolatría: II Reyes X 18; XI 18 ss). Profetas, nabíes, inspirados por Dios, salvaguarda de la fe, mesianismo doctrinal, mantenimiento de lo carismático frente al juridicismo de los rabinos. Esclavos. No parecen numerosos. Los extranjeros (guerras) suelen ser siervos públicos. La esclava puede ser esposa de un judío. Los hijos son propiedad del amo. El esclavo israelita surge por castigo penal (robo, etc.) o por miseria (deudas: esclavitud máxima Deut XV 1-18). La ley pena con la muerte a quien se apodera de un israelita y lo vende como esclavo. El esclavo no es marcado en el cuerpo. Si el amo mata al esclavo es castigado. Se reconoce la unión con esclavos (Éx XXI 3). No hay por qué restituir al esclavo evadido (Deut XXIII 16-17). Puede comprar la libertad, recibirla del amo liberal o en compensación por daños físicos causados por el amo. Extranjeros. Debe respetarse su derecho (Deut. XXII 21), pero difícilmente se integra, por causas religiosas. No se beneficia del tope de 6 años de esclavitud por deudas (Deut XV 1-3), ni del tope antiusurario (Éx XXII 25; Deut XXIV 20-21) ni accede a la propiedad de suelo. Mal visto el matrimonio mixto, en principio vedado (Éx XXXIV 16, Deut VII 3).

FAMILIA
Derecho matrimonial bien regulado. Poligamia antigua (patriarcas), pero monogamia extendida y con tendencia a predominar (Tob. I 9, IV 13). Perdura en la monarquía (IReyes XI 1-3, I Sam XXV 43-44, XXVII 3; II Sam XI 3-16). La concubina está en situación inferior a la esposa y su hijo no es el sucesor, excepto si la esposa es estéril y dona la esclava al marido (Òvientre prestadoÓ, Gén. XXVI , XXX 3 y 9). Prohibición de uniones consanguíneas (Lev XVIII 6-18) a veces con pena de muerte (Lev XX 11-12, Deut XXVII 22). No hay vestigio de matrimonio por rapto (el de los benjaminitas sobre las hijas de Silo es excepcional, Jueces XXI 19-23). El matrimonio se celebra ceremonialmente. Importante papel del padre, sobre todo en la boda de la hija (Deut XXII 16). El mohar equivale al tirhatu mesopotámico (Gén XXXIV 12, Éx XXII 15, I Sam XVIII 25) y es práctica semita común. (Deut XX 7, XXVIII 30). Si rompe el novio, pierde la suma. Si rompen los padres de la novia, reintegran el doble. Si la novia es infiel, es lapidada (Deut XXII 23-24). El padre dota a la novia (Tob. X 10) y el marido puede dotar a la esposa (kethubah, equivalente al nudunnu). Familia patrilocal (Gén XXIV 59-67). Levirato (Gén XXXVIII 8, Deut XXV 5-10, Ruth IV 12-14). El divorcio es de iniciativa varonil, pero se investiga y sanciona el repudio calumnioso (Deut XXII 13-14). La repudiada puede casar de nuevo. La inferioridad de la mujer se ve paliada por la propiedad de bienes (Gén XVI 1-6, XXIX 24 y 29, XXX 4 y 9). Se exige igual respeto a la madre que al padre (Lev XIX 3, XX 9, Deut V 16, etc.). Acceso al Templo y a las celebraciones y normas básicas religiosas iguales que las masculinas. Familia patriarcal pero sin derecho de muerte, excepto si media crimen tipificado (adulterio de la hija, Gén XXXVIII 24). Se atestigua venta de hijas (no de hijos) como siervas (Éx XXI 7). Se vigila y pena el castifo arbitrario a los hijos (Deut XXI 18-21). El varón primogénito es el sucesor del padre; hereda doble (Deut XXI 17). Los hijos de mujeres que no son la esposa son inferiores, pero pueden heredar por adopción. La hija hereda si no hay varón y prevalece sobre el tío paterno (Núm XXVII 9). La herencia usual de la hija es su dote matrimonial.


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