LAS CASAS DE MONEDA  ESPAÑOLAS EN AMÉRICA DEL SUR

 

I.- Las Casas de Moneda Peruanas en el siglo XVI

 

 


Primera pieza de 8 reales acuñada en América del Sur

Ceca de Lima, ensayador Alonso Rincón

 

Lima: La primera ceca

 

         Desde muy temprano las autoridades limeñas elevaron memoriales al Consejo de Indias solicitándole gestionar ante el emperador una autorización para establecer una fábrica de moneda en la Ciudad de los Reyes.  Era claro que el desordenado sistema monetario de las primeras décadas de la presencia ibérica  causaba graves perjuicios a los más y beneficios a los menos, sin embargo durante muchos años el monarca dejó sin respuesta las peticiones limeñas limitándose a sugerir, durante la gestión pacificadora de don Pedro de la Gasca, que era oportuno esperar el retorno de éste a España para tomar una decisión.

 

         Sin duda el emperador recordaba la experiencia de la Gasca en asuntos monetarios por cuanto en 1544 siendo visitador general del reino de Valencia  tuvo que ver con la ejecución de un mandato real que ordenaba la acuñación  de coronas de oro de 350 maravedís, y tras un estudio de la situación consiguió una solución ventajosa para todos. [1]    

 

         La Gasca, luego de su exitosa  misión en el Perú, desembarcó en Sevilla en setiembre de 1551, y poco después el Consejo de Indias se dirigió al emperador para recordarle su ofrecimiento sobre el establecimiento de una fábrica de moneda en Lima:

 

"Sacra Cesarea, Católica Magestad.-  Vuestra Magestad terna noticia de lo que en días pasados este Consejo consultó cerca de que parecía ser necesario y conviniente que en las provincias del Perú hobiese Casa de Moneda, por las causas y buenas consideraciones que a Vuestra Magestad se significaron y Vuestra Magestad difirió la determinación e resolución dello hasta la llegada del licenciado Gasca, Obispo de Palencia, que habrá ya informado a Vuestra Magestad dello, y porque segund lo que después acá habemos entendido e de cada día entendemos de aquellas provincias, se nos representa que, ansi para el trato y comercio dellas, como para otros muchos buenos e importantes efectos, conviene y es muy necesario que haya la dicha Casa de Moneda en ellas, hanos parecido traerlo a la memoria de Vuestra Magestad, para que entendido esto, mande proveer en ello lo que más sea servido." [2]

 

         Ningún resultado debió tener la mencionada comunicación del Consejo al rey pues un lustro después, el 15 de setiembre de 1556, el virrey Andrés Hurtado de Mendoza escribió al Soberano insistiendo sobre la urgente necesidad que había en el Perú de contar con un establecimiento monetario ya que  al no haber moneda  "todo va a poder de los mercaderes" quienes eran los que se oponían, según dice, a  la creación de la ceca por beneficiarse con el desorden reinante. [3]   

 

         Pasó otro lustro sin que se tomara ninguna decisión sobre la fábrica para el Perú por lo que el 28 de abril de 1561 el virrey conde de Nieva; junto con tres comisarios reales que habían sido enviados al Perú por Felipe II para decidir sobre todo lo tratado y requerido por lo procuradores de las ciudades del virreinato y por algunos particulares sobre la urgente e ineludible necesidad de establecer una ceca en el Perú en vista que la falta de moneda "se hace insoportable" y además por "ser necesario para el comercio y beneficio público destos reynos y aún para el aumento de la Hacienda de Vuestra Magestad". [4]

 

         La primera noticia en que se aprecia que ha habido una reacción positiva a los requerimientos del Perú se encuentra en una carta del Conde de Nieva al rey fechada en Lima el 26 de diciembre de 1562 en la cual el virrey hace referencia a las consultas hechas por su Majestad al respecto. En ella dice Nieva:

 

"Lo de las casas de moneda que Vuestra Magestad me remite se hagan donde mejor me pareciere digo señor que una será necesario ponerse en Arequipa por ser puerto de mar y haver mucha leña. La otra se porna donde más pareciere que conviene para todo y, hasta que V. M. mande enviar las ordenanzas y oficiales y todo lo demás que a esto toca  no se podrá comenzar nada." [5]

 

        Fallecido ya el conde de Nieva, muerto al parecer por un marido celoso durante una aventura nocturna, y a poco de la llegada del gobernador Lope García de Castro, enviado para reemplazar al conde, escribió éste al Soberano el 20 de noviembre de 1564 reiterándole la urgencia de establecer la casa de moneda que el Perú tanto requería.  En la mencionada misiva indica García de Castro que cuando él salió de España se encontraban "ya hechas las ordenanzas y casi todo lo que era menester. [6]  En vista de que la salida de García de Castro de la península se registró el 8 de octubre de 1563 [7] encontramos que aún con todo listo fue necesario que transcurriesen casi dos años para que Felipe II promulgara en el Bosque de Segovia las ordenanzas creando la Casa de Moneda de Lima el 21 de agosto de 1565. 

 

         Las demoras finales para el establecimiento de la ceca en el Perú se debieron a dos razones; de un lado la discusión sobre cual sería el sistema monetario adecuado para usarse en estos reinos y el mejor lugar para el establecimiento de la fábrica.    Sobre el primer asunto  la disyuntiva estaba entre utilizar el tomín, que como moneda de cuenta se venía usando en la división de marcos y ochavas, o el real como se acostumbraba en la península.  La discusión quedo al parecer zanjada con la recomendación del licenciado Juan de Matienzo quien desde La Plata, en Las Charcas, informó a Su Majestad que:

 

"...en lo de la manera de la moneda hay diversos pareceres. Unos dicen que sería bien se hiziese la menor moneda medio tomín y de ay arriba un tomín, dos tomines y medio peso que

son cuatro tomines.  Otros dicen que sería mejor hacer reales como en España y fuese la menor moneda un real y esto me parece que sería más acertado que lo de los tomines." [8]


         Es conveniente anotar aquí que el uso del tomín como fracción del Peso corriente fue general en la América española hasta que aparecieron las monedas acuñadas.  El tomín tenía doce granos y equivalía a un real corriente, pero al acuñarse las monedas los reales fueron de solo 9 granos lo que produjo una fuerte resistencia especialmente entre los pulperos.

 

         La recomendación de Matienzo se debe, según indica el, a que acuñándose en reales correría la moneda en el Perú como en Tierra Firme y  estaría en su verdadero valor, eliminándose además la circulación de "plomo por plata como ahora corre". [9]  Las autoridades, luego de estudiar el caso, decidieron que se acuñase en reales tal como se venía haciendo en México desde 1536 con resultado feliz.

 

         El otro tema de discusión, el lugar donde debía establecerse la Casa de moneda, parecía que se definía por Arequipa, coincidiendo la mayoría de las recomendaciones en que este sería el mejor sitio donde asentarla.  La primera referencia se encuentra en la carta del virrey Hurtado de Mendoza al rey fechada el 15 de setiembre de 1556, en la que le dice:

 

 

"La parte más cómoda y donde todos dicen que hay más aparejo para sentalla es en la ciudad de Arequipa, porque hay monte donde se haga carbón, y allí acude toda la plata de Potosí, y por mar vienen desde Arequipa en ocho días." [10]

 

         También el conde de Nieva en su mencionada carta del 28 de abril de 1561 indica que "todos concurren en que sea en Arequipa por tener mucha leña y las más comodidades que para este efecto se requieren", e insiste antes de termina el año en la del 26 de diciembre de 1562 haciendo notar que es puerto de mar y tiene mucha leña. [11]  Por su lado, y como ya se indicó antes, el licenciado Matienzo opinó en los mismos términos. 

 

         El licenciado Lope García de Castro por su parte recomendó que se estableciesen "dos casas de moneda, una en el Callao, puerto de esta ciudad, y la otra en Arequipa." [12]  Sin embargo, cuando García de Castro conoció la opinión de Felipe II,  quien consideraba que el establecimiento debía hacerse en Lima, se apresuró a felicitarlo por tan acertada decisión indicando que ello "ennoblecerá mucho esta ciudad". [13]

 

         Finalmente, tras tantas demoras, el 21 de agosto de 1565 Felipe II firmó las ordenanzas que autorizaban la fundación y reglamentaban el funcionamiento de la Casa de Moneda de Lima.  En la introducción a las ordenanzas el monarca indicó conocer los problemas que la falta de moneda causaba al reino. 

 

"....porque a nos como Rey y señor natural pertenece remediar y proveer las necesidades de nuestros súbditos y naturales, mandamos a los del nuestro consejo de Yndias que entendiesen y platicasen sobre esto con personas espertas u savedoras de la labor y ley de la moneda.  Lo qual por ellos visto y platicado y con nuestra persona Real consultado que devíamos mandar como por la presente mandamos  que hágase labrar en esas provincias monedas de plata tan solamente y en ello guardasedes la forma y orden siguiente en tanto que nuestra merced y voluntad fuese." [14]      

 

            Las ordenanzas fueron catorce y se ocupan de todos los detalles que debían considerarse para el establecimiento de la ceca así como en la fabricación de las monedas:

 

1.-     Ordenaba que debían guardarse las leyes dadas por los Reyes Católicos en la Pragmática de Medina del Campo en 1497.

2.-     Especificaba que la mitad de lo acuñado debía ser en piezas de un real y que el resto debía ser dividido en partes iguales en monedas de 1/4; 1/2; 2 y 4 reales, detallando también los cuños de las monedas:

 

"…para los reales cencillos, de a dos y de a quatro ha de ser de la una parte castillos y leones con una granada y de la otra parte las colunas y entrellas un retulo que diga Plus Ultra que es la devisa del Emperador mi Señor y padre de gloriosa memoria y los medios reales han de thener de la una parte una R y una Y  y de la otra parte la dicha devisa de las colunas con el dicho rretulo de Plus Ultra entre ellos, y los quartillos tengan de una parte una Y y de la otra R, y el letrero de la dicha moneda diga así.  Filipus secundus ispaniarum et indiarum rex, y póngase en la parte donde (va) la devisa de las colunas un P latina para que se conozca que se hizo en el piru."

 

3.-     Aclaraba que la división por valores se refería al peso por marco y no al número de piezas.  Indicaba además como se debía proceder al momento de la última pesada y en la recepción de las monedas que entregase el capataz al guarda.

4.-     Como las "ordenanzas viejas" no autorizaban la exportación de la moneda, ahora se daba licencia para que pudiesen ser enviadas a cualquier parte de España o las Indias, aclarando que en cualquier parte se les debía tomar por su valor que era de 34 maravedís por real.

5.-     Prohibía a los funcionarios de la ceca la recepción de plata sin quintar, especificando además que al hacerse la recepción del metal, debían estar presentes el Tesorero, el balanzario y el escribano.  Aclaraba que, una vez recibido el metal, debía anularse el sello del quinto y colocarse otro especial.

6.-     Ordenaba que la justicia ordinaria debía ocuparse de todos los delitos de falsificación aún de aquellos que se hubiesen cometido dentro de la ceca.

7.-     Los alcaldes de la ceca debían ocuparse de las causas civiles en que fuesen demandados los oficiales del establecimiento, excepto en aquellas que tuviesen que ver con quintos, pechos y derechos.

8.-     Especificaba que solo el virrey o gobernador podía nombrar a la persona que fuese a tomar residencia al personal de la ceca.

9.-     Autorizaba que se sacasen tres reales por marco de los sesentaisiete que tenía, para los oficiales hasta que estuviese mejor informado, aclarando que en España se sacaba un real para todos los oficiales pero que sabía que los costos eran mayores en Indias.

 

10.-    Indicaba que la Casa de Moneda se debía hacer en un lugar apropiado para que dentro de ella pudiesen vivir el tesorero y los demás oficiales.

11.-    Enfatizaba que los oficiales de la ceca no podían "tratar ni contratar en manera alguna en plata fina ni vaca, marcada ni por marcar so pena de privación de sus oficios y perdimiento de todos sus bienes."

12.-    Mandaba que si se llegaba a contratar blanqueador, se le debía pagar tres maravedís de lo que correspondía al tesorero.

13.-    Aclaraba que en adelante a nadie, ni siquiera al virrey, se le debía pagar en oro.

14.-    Terminaba diciendo que en lo ordenado, si surgía alguna duda, debían seguirse las leyes y ordenanzas que regían las casas de moneda en España.

 

         Al recibir el gobernador García de Castro las ordenanzas se apresuró a contestar al monarca el 3 de junio de 1566 haciéndole conocer la alegría que había sentido al conocer la decisión real de establecer la ceca en Lima lo cual, como dijéramos antes, ennoblecería la ciudad, y aclara que como los despachos acababan de llegar aún no se había hecho nada al respecto. [15]

 

         No deja de sorprender, luego de haber conocido la insistencia con que se pidió la autorización de establecer ceca en el Perú que tres meses después de haber recibido la autorización, en la ciudad de Lima no se hubiese hecho nada respecto a los trámites necesarios para proceder a la fundación del establecimiento.  Este descuido o poco interés movió al licenciado Juan Bautista Monzón, quien guardaba ciertos resentimientos contra García de Castro a informar al rey que:

 

"La casa de moneda que Vuestra Magestad mando hacer en este reyno no se hará porque hasta oy no se ha entendido en cosa alguna ni se hace", y recomienda, "Vuestra Magestad provea lo que fuere servido si quiere que tenga efecto." [16] 

 

         Es posible que alguien informase a García de Castro sobre la carta enviada por Monzón acusándolo ante Felipe II por no haber dado inicio a los trabajos de la ceca pues el primer día de octubre se apresuró el gobernador en escribir a su Soberano para informarle de lo actuado respecto a la fábrica de moneda:

 

"Acá e comenzado a trazar la casa de moneda que Vuestra Magestad manda que se ponga en esta ciudad y ase de hazer en unas casas que Vuestra Magestad tiene en esta ciudad en que vive el fator (Bernardino) Romaní.  Costará a hacer ocho o nueve mil pesos aprovechando en ella todo lo que está edificado." [17]

 

         Más adelante en la misma carta se refiere el gobernador a la dificultad en que se encuentra para conseguir las personas adecuadas para que se encarguen de la fabricación de la moneda:


"…no hay oficiales acá que la sepan hacer y aunque ay uno no me parece que es persona de quien se deve confiar tan gran negocio" sugiriendo luego, "mande ynbiar un par de oficiales de confianza porque aquellos darán industria a los demás." [18]

 

         El proyecto para construir la ceca en las casas ocupadas por el factor Bernardino Romaní parece que no prosperó, así como continuó la dificultad para conseguir los oficiales necesarios por lo que el 7 de abril de 1567 García de Castro insistió en su solicitud de octubre anterior esta vez ante el Consejo de Indias.

 

"...por otra tengo escrito como la casa de moneda no se hace por no haber oficiales que la sepan hacer si vuestra magestad no los ynvia, que cierto será de gran provecho para este reino. [19] 

 

         En la misma carta García de Castro sugiere se establezca otra casa de moneda en la ciudad de La Plata, en las Charcas, dando argumentos que serían los usados años después por el virrey Francisco de Toledo cuando trasladó la ceca limeña a la mencionada ciudad altoperuana, es decir, por estar cerca a Potosí, fuente de los minerales y por haber en esos parajes "harta leña".

 

         A finales del año 1567, el 20 de diciembre para ser exactos, el gobernador, tras reclamar una vez más por la falta de personal capacitado para el manejo de la ceca, da la primera indicación de la que sería la primitiva ubicación del establecimiento. En carta al rey de esa fecha comenta García de Castro:

 

"…por no tener oficiales que sepan labrar la moneda, no se labra hasta que Vuestra Magestad ynbie personas que lo sepan hacer.  En esta Casa Real me parece que habrá lugar para hacerse por manera que estarán en ella el Presidente y la casa de fundición y la casa de la moneda y mas la cárcel" [20]

 

         La carta citada aclara en forma definitiva donde se establecería la primera ceca de Sud América y termina con anteriores suposiciones  que la colocaban según unos en el mismo lugar que ocupa hoy en día en la calle moneda, y según otros en un lugar llamado "Campo del Fraile".

 

         No pasó mucho tiempo para que García de Castro escribiese nuevamente al Soberano pero esta vez con noticias y comentarios sobre la nueva ceca a establecerse.  Se queja en ella que, ante la "limytación de los diez mill marcos" de acuñación autorizados, los derechos de los oficiales no serán suficientes para interesar a nadie en la compra de oficios.  Reitera también su recomendación sobre el lugar donde debe funcionar la casa de moneda y finalmente, en esta comunicación del 7 de febrero de 1568 hace saber que ha conseguido el personal requerido y en poco tiempo se iniciará la acuñación:

 

"…por otras he escrito a Vuestra Merced como acá no se hallava personas que supiezen hazer moneda para asentar en esta ciudad la casa della que Vuestra Magestad manda y que se me ynbiasen oficiales de allá que la supiesen hacer.  Ahora me parece que los he hallado acá y los tengo aquí y espero plaziendo a Nuestro Señor que dentro de un mes se comenzará a labrar." [21]

  

         Los buenos deseos del licenciado García de Castro de iniciar operaciones en el plazo de un mes no se pudieron concretar probablemente porque poner a punto la ceca era más complicado de lo que él suponía, y porque, según parece, tal como lo había previsto, no fue tan fácil conseguir postores para los cargos de ministros y oficiales de la misma.  Transcurrieron así siete meses hasta que el día dos de setiembre se registró lo que posiblemente fue el primer acto oficial de la ceca de Lima, o al menos el más antiguo del que tenemos referencia.  Ese día dos de setiembre  Alonso Rincón, ensayador con larga experiencia familiar fuera y dentro del Perú, entregó su inicial "R" al talla de la fábrica Antonio de Bobadilla.  El procedimiento fue registrado por el escribano de la ceca Joan de Iturrieta.  El texto integro de este primer acto conocido es como sigue:

 

"En la Ciudad de los Reyes, provincias del pirú dos días del mes de setiembre de mill y quinientos y sesenta y ocho años, en presencia de mi Joan de Yturrieta, escribano de la casa de la moneda desta ciudad de los reyes Alonso Rincón, ensayador de la dicha casa en cumplimiento de lo que Su Magestad manda por sus ordenanzas que en los cuños que el tallador de la dicha casa abriere para ynprimir los reales que en esta casa se labren  ponga una señal el ensayador que dio la ley a la dicha plata, Dixo que dava y dio en mi presencia a Antonio de Bobadilla, tallador desta casa una R griega como esta R, que dava por su señal para que lo ponga en los cuños que abriere en los reales de a quatro de a dos y cencillos en la parte de los castillos y leones y en los medios reales y quartillos en la otra parte de las colunas de lo cual yo el dicho escrivano Doi fee que dicho Alonso Rincón dio la dicha letra de R griega por su señal al dicho Antonio de Bobadilla para el dicho effeto y lo firmé de mi nombre ut supra.  Joan de Iturrieta (rublicado)." [22]

 

          Al 2 de setiembre de 1568 ya eran parte de la ceca varios de los ministros y oficiales que trabajarían en ella durante su primera época.  Ese día, en el nombramiento del capataz Baltasar Tercero, se encuentran como testigos al balanzario Joan de Evia y al guarda Nuño Carvajo, ambos, al igual que el tesorero Lope de Mendaña eran miembros del séquito del gobernados García de Castro según consta en el registro de pasajeros a indias. [23]  Cuatro días más tarde recibió la ceca las primeras pastas de plata con las cuales iniciar las labores, para lo cual se nombraron al día siguiente, 7 de setiembre, a cuatro acuñadores que completaron el personal requerido en la casa de moneda.  Quedo su rol inicial compuesto de la siguiente manera:


 

Tesorero

Lope de Mendaña Osorio

Ensayador

Alonso Rincón

Tallador

Antonio de Bobadilla

Balanzario

Joan de Evia

Escribano

Joan de Iturrieta

Guarda

Nuño Carvajo

Capataces

Baltazar Tercero

 "

Pedro Náxera

 "

Pedro Bautista

Acuñadores

Diego Amaro

 "

Diego Hernández Ayllón

 "

Cristóbal de Villafana

 "

Alonso González

  

         Al inicio de las operaciones la Casa de Moneda limeña tuvo que trabajar con la plata que entregaban las Cajas Reales para su amonedación.  La primera entrega fue anotada el 6 se setiembre por un total de 522 marcos, 6 onzas y 6 ochavas de plata en rieles.  Recién el 27 de noviembre de 1568 se registra la primera entrega de mineral de manos de particulares.  En esa fecha el mercader de plata Joan Ballesteros Narvaes, que posteriormente sería ensayador de la ceca de Potosí, efectuó una entrega de 118 marcos 7 onzas y 4 ochavas.  De allí en adelante las entregas de Cajas Reales y de particulares se alternarán hasta que el 30 de diciembre de 1568 terminan los aportes oficiales, sumando todos ellos 5,718 marcos, los cuales solo fueron devueltos a las Cajas Reales tras insistentes reclamos el 12 de setiembre de 1570. [24]   

 

         La mayor parte de las pastas llevadas a amonedar fueron las que aportaron los mercaderes de plata que operaban en Lima, y que en esta primera época fueron siete: Joan de Ballesteros Narvaes, mencionado arriba; Alonso Arroyo; Francisco Baeza; Jerónimo de Antezana; Jerónimo de Iporri; Diego Ruíz Cerrato y Pedro Segura.  Los mercaderes de plata buscaban el metal tanto al pie de la mina como en la ciudad y luego la vendían a la ceca y a los plateros.  La función que desempeñaban estos mercaderes de plata era esencial ya que como dice el Doctor Manuel Moreyra, acucioso investigador de la economía monetaria peruana, era este "el motor y vida de todo comercio de retorno y por lo tanto el factor principal del empuje y marcha para nuestra realidad económica." [25]

 

         Una vez que se hubo acuñado un buen número de marcos la Audiencia consideró oportuno en su sesión del 2 de noviembre disponer lo concerniente a la forma en que debían efectuarse en adelante las transacciones y los pagos para terminar en forma definitiva con el desorden que significaba la circulación paralela de pesos corrientes, pesos ensayados y monedas acuñadas.  Lo primero fue precisar que la plata corriente correría en la ciudad de Lima y sus términos solo hasta el día de año nuevo de 1569:

 

"…porque este tiempo se da para que se pueda gastar consumir la dicha plata y ensayarse e marcarse o hazerse moneda della en del dicho día en adelante no valga, corra ni pudiese por junto ni con menudo ni con la dicha plata corriente aunque sea quintada se pueda hacer ni faga desde el dicho día en adelante ninguna contratación pública ni secretamente con españoles  ni con yndios ni con otras personas de ningún genero de condición que sean ni se puede pagar ni pague con ella ninguna cosa que se comprare o vendiere ni los servicios ni jornales de los negros ni otras personas." [26]

 

         El texto de lo acordado por la Audiencia se pregonó el mismo día desde las ventanas del Cabildo por voz del pregonero Enrique Hernández.  Entre los testigos estuvo Gaspar de Solís quien años más tarde compraría el cargo de tesorero de la ceca para su hijo.

 

         Los acuerdos de la Audiencia sobre circulante, sobre todo el referente a las contrataciones en plata corriente  anteriores a la fecha de su publicación debían ser pagados  a razón de 1 1/4 de real por tomín y de diez reales el peso, es decir una diferencia de dos reales sobre el acuñado.  Esto preocupó a los mercaderes de la ciudad por lo que dos días después se presentó ante la Audiencia Juan Sánchez de los Ríos en nombre de los mercaderes de Lima con una petición que transcribimos:

 

"Muy pso. Señor Juan Sánchez de los Ríos en nombre de los mercaderes desta ciudad digo que en la publicación que por mandato de Vuestra Alteza se hizo de la moneda que nuevamente se a mandado hazer en esta ciudad se proveio y mandó que lo que agora se devia e avia de pagar en plata corriente cunpliese e de que lo devia pagar a diez reales por peso y por quanto en lo suso dicho se haría a mis partes notorio agravio e sería grande de la pérdida que recibirían porque a los más dellos en especial a los que han tenido tiendas de mercaderías se les deben muchos pesos de oro en corriente que ha sido en moneda con que en las contrataciones se an tratado a unos treynta mill y a otros más de quarenta mill pesos caviéndo les de pagar a diez reales por cada peso corriente vienen a perder en cada cien pesos siete e así se les yria mucha parte de sus haciendas e algunos toda, lo qual a Vuestra Alteza no debe permetir pues dello no resulta provecho alguno a la República, antes mucho daño e perjuicio e a todos en general y esto se puede remediar con prover que los que debieron en plata corriente paguen ensayado reduciendo a veinte cinco por siento que es el valor que de algunos años a esta parte tiene más el ensayado que el corriente." [27] 

 

         La audiencia consideró válidos los argumentos de los mercaderes y decidió que los pagos a realizarse desde el día de la publicación del pregón hasta el primer día de 1569 se podrían pagar en corriente o en ensayado con el 25% de descuento recomendado, reconociéndolo así como la relación justa, y que después de la fecha mencionada se podría pagar en ensayado y marcado con el 2% de descuento en relación a la corriente. [28]

 

         Uno de los aspectos en el que la practica resultó diferente a las disposiciones sobre amonedación fue el relativo a la talla ya que aunque en las ordenanzas de creación se indica que "de cada marco de plata que se ha de labrar se an de sacar sesenta y siete reales", Lope de Mendaña reclamó que se debían sacar  sesenta y nueve reales por marco, y con fecha 4 de enero de 1569, Alvaro Ruíz de Navamuel, Escribano de Cámara de Su Majestad , en nombre del rey, de los oidores y del licenciado García de Castro, aceptó lo propuesto por Mendaña, quien además había informado que todas las pastas acuñadas por la ceca desde su establecimiento hasta la fecha se habían labrado a razón de sesenta y nueve reales por marco. [29]

 

         Más adelante, el 27 de abril del mismo año García de Castro explicó al Consejo que la razón para haber sacado sesenta y nueve reales por marco en lugar de los sesenta y siete indicados por las ordenanzas era porque en el Perú los costos son mayores que en España y porque, según afirma aunque no hayamos podido confirmarlo, así se  acordó al tiempo que se hicieron las ordenanzas. [30]

 

         La producción de la nueva ceca durante los primeros años es uno de los puntos aún no definidos por falta de información. El 6 de febrero de 1571 el doctor Gregorio González de Cuenca aseguró al rey que durante la administración de Mendaña se había dejado de pagar los derechos correspondientes al real de señoreaje y que este adeudo era de 29,597 reales. [31] Sabiendo que ese derecho corresponde a un real por marco se concluye que la cantidad acuñada fue de 29,597 marcos, cantidad que supera en un tercio los 10,000 marcos anuales autorizados pero que ya en febrero de 1568 García de Castro había considerado insuficientes si se quería que la ceca fuese rentable y que por lo tanto nadie estaría dispuesto a pagar por los cargos de la ceca. [32] Una Real Cédula del 15 de febrero de 1567, sin embargo, había ya aumentado la cantidad de marcos que se podían acuñar en Lima a 16,000. [33]  Las cantidades mencionadas en la carta de Cuenca quedan pues dentro de los términos de lo autorizado.  Debe considerarse además que a fines el primer año de producción Felipe II ordenó al gobernador del Perú que le informase sobre el monto a labrarse:

 

"…porque queremos saber lo que conberna hacerse os mando a vos el dicho vissorrey platiqueis sobre ello con esa audiencia y habiéndolo platicado nos envíes vuestro parecer de lo que en ello conberna hacerse y si conberna que se labre más cantidad de moneda de lo que está mandado." [34]

 

         Por otro lado, la deducción hecha en base a la documentación que se tiene de los ingresos de plata en pasta durante el período que nos ocupa así como la de los sueldos pagados a oficiales y empleados que se encuentran en el Libro Grande de la Casa de Moneda de los Reyes ya citado, nos dan unas cantidades diferentes, así, si tomamos los de ingresos de plata encontramos un total de 20,486 marcos y de los borradores de sueldos podemos llegar a un monto de 21,707 marcos.  Como, en todo caso, las listas de ingresos de plata y borradores de sueldos no siempre indican los montos en detalle y además parecen estar incompletas, debemos ceñirnos a la cantidad de marcos dada por Cuenca.  

 

         Las últimas informaciones de actividad de la ceca en 1569 son del 11 de octubre.  El virrey Francisco de Toledo llegó a Lima el 26 de noviembre siguiente y recibió el mando de manos de García de Castro.  El nuevo virrey había sido informado desde antes e llegar a Lima de las irregularidades que estaban ocurriendo en la ceca y, aunque era consciente de que en las acusaciones mediaban rencillas personales, decidió llevar a cabo una detallada investigación.  En su carta al rey fechada el 8 de febrero de 1570 comentaba Toledo la situación de esta manera:

 

"Vuestra Magestad manda que de relación de la casa de la moneda desta cibdad para decir lo primero si conviene o no sería menester más tiempo y espiriencia desto de lo que yo he venido asta aora los oficiales de V.M. y el doctor Cuenca a quien estaba dada la comisión para algunos particulares en que se imputaba alguna falsedad me dieron quenta estando en Truxillo y por entender que entre el licenciado Castro y el thesorero de la dicha casa, su sobrino, con los dichos ministros y oficiales de S.M. avía algunas pasiones por las quales el dicho doctor Cuenca fue recusado, lo mande suspender hasta que yo llegase y porque después se a juntado algunas acusaciones de falsedad de moneda, y ser los casos criminales, los he cometido a un alcalde del crimen y dado la comisión para que tome la recidencia a todos y conozca los casos y haga justicia." [35]

 

         Poco después de la carta arriba citada se inició un largo proceso a los ministros y oficiales de la Casa de Moneda de Lima, el cual estuvo a cargo de Gabriel de Loarte y en el que resultaron los involucrados con múltiples
acusaciones  que iban desde haberse quedado con derechos que pertenecían al rey, hasta haber acuñado monedas de 8 reales que no estaban permitidas por las ordenanzas.
[36]

 

         Al tesorero Lope de Mendaña se le juzgó por separado y resultó condenado a muerte dos veces, a perdida de bienes y además a destierro del Perú.  Conocido el fallo de Loarte, Lima en pleno se burló del juez.  Hasta al  arzobispo de Lima Jerónimo de Loayza parece ser que la decisión judicial le hizo gracia y se comentaba que mandó decir a Mendaña en la cárcel que ni Cesar ni Alejandro lo podrían igualar porque ellos solo habían muerto una vez.  A poco Loarte tuvo que retractarse del fallo en medio de la mofa general.  Finalmente como, ocurre tan a menudo hasta hoy, todos salieron absueltos  quedando como única pena la impuesta a un oficial menor por una diferencia de cincuenta pesos. [37]

 

         Una de las acciones tomadas para esclarecer las irregularidades, reales o supuestas, ocurridas en la ceca fue convocar a todos aquellos particulares que tuviesen monedas de las acuñadas en Lima para efectuar con ellas una pesada general y determinar cuales estaban en el peso correcto y cuales resultaban febles.  El 29 de julio de 1570 se pregonó la orden de llevar los reales, y la pesada continuó hasta el dos de agosto, tiempo durante el cual se presentaron un total de 32 personas con un total de 105,080 reales de los cuales 10,971, es decir menos del diez por ciento, resultaron bajos de peso.  Algo que sorprende es ver que el encargado de efectuar las pesadas, es decir fiscalizar a Mendaña e indirectamente a su tío el gobernador, fue Nuño Carbajo, guarda cuños de la ceca, allegado a la casa de Lope García de Castro y de Mendaña. [38]

 

         Nada se ha podido averiguar sobre lo ocurrido en la ceca durante gran parte de 1570.  Recién el 23 de octubre el virrey nombra a Xinés Martínez por ensayador de la casa de moneda de Lima, y el 4 de noviembre siguiente la Real Audiencia nombró a Cristóbal de Segovia por blanqueador de la misma.  El nombramiento de Martínez indicaba que:

 

"…examynado por persona de espiriencia fue declarado por avil y suficiente nos pidió e suplicó que atento a esto le mandásemos dar y diésemos título del dicho oficio para el usar y exercer lo qual visto por los dichos nuestro presidente y oidores fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta a la dicha razón." [39]

 

         El 20 de noviembre se presentaron al Cabildo Martínez y Segovia y juraron los cargos que se les había encomendado.  Se sabe que en esa etapa se llegaron a acuñar monedas porque existen piezas del tipo inicial de Lima con la inicial X de Xinés Martínez.

 

         En febrero de 1571 la decadencia de la ceca se hace aparente en las cartas del doctor Gregorio González de Cuenca y del licenciado Ramírez de Cartagena.  El primero de ellos el día 6 del citado mes en carta al rey se queja de que Lope de Mendaña había tomado tres reales de cada marco sin reservar el de monedaje, y que del expediente de la visita efectuada a la ceca se habían quitado dos hojas "de lo más sustancial que fue la cuenta" [40]  Ramírez de Cartagena por su lado el 12 de febrero siguiente comentó al Soberano sobre el incumplimiento de las ordenanzas, diciendo que no se habían cumplido ni siquiera en los valores y porcentajes de cada uno de ellos, habiéndose además exportado toda "la moneda gruesa", es decir la de ocho, cuatro y dos reales.  Recomendaba sin embargo Ramírez de Cartagena, que aún con todos los inconvenientes que había habido no debía dejarse de acuñar en Lima porque ello sería perjudicial para la:

 

"...gente pobre y menuda la qual ya está hecha a estos quartillos, medios reales y reales, y hayan con moneda tan baja como esta lo que es menester." [41]

 

         Al mes siguiente el relator de la Audiencia de Lima, licenciado Vizcarra, anunció a Felipe II que "la labor de la moneda en esta ciudad se va consumiendo" y opina sobre el futuro de la fábrica:

 

"...ay muy pocos reales y casi (no) se labran y aunque en la casa e instrumentos se ha gastado cantidad de Vuestra Hacienda Real, no sería inconveniente cesase." [42]           

 

         Felipe II consideró que era necesario cambiar los cuños de las monedas americanas para adecuarla a las que circulaban en España.  Colocó entonces en ellas el escudo coronado de dominios en el que se veían las armas de todos los reinos y posesiones de la corona, dando para ello una Real Cédula en ese sentido e 8 de marzo  de 1570.

        

         Los troqueles y punzones de la nueva moneda a acuñarse en México y el Perú fueron encargados en Sevilla al grabador Juan Pablo Roxini, quien el día 28 de julio de 1570 recibió 200 reales a cuenta del trabajo. [43]

 

         En Lima la noticia sobre el cambio de cuños se recibió probablemente en algún momento de abril de 1571, pues el 24 de ese mes el licenciado Ramírez de Cartagena escribió al rey acusando recibo de la cédula del cambió de cuños e informándole que los cuños no habían llegado aún, y aclarando que "ni menos oy se labra un solo peso", y más adelante le asegura al monarca que "venidos los cuños, lo que se labrase se acuñará con ellos." [44]

 

         Aún cuando la carta de Ramírez de Cartagena asegura que ya para el 24 de abril de 1571 no se acuñaba  en Lima, deja abierta la posibilidad de la ceca para acuñar con los nuevos cuños tan pronto llegasen estos.  Toledo, recién en carta del primer día de  marzo de 1572 a Su Magestad, informa que "las nuevas marcas que envió... para que en este reino se marque la plata y oro y se acuñe moneda se recibieron en Lima", y aunque ya a principios de ese año había el virrey  decidido el traslado de la ceca a La Plata en las Charcas, anuncia que " se usará dellos conforme a que Vuestra Magestad manda". [45]  Una confirmación de que se llegó a acuñar con las nuevas marcas de Escudo Coronado es la existencia de algunas pocas piezas de este tipo con la inicial "X" del ensayador  de la ceca de Lima Xinés Martínez.

 

         La decisión del virrey de trasladas la ceca al Alto Perú fue resistida fuertemente por la Audiencia de Lima la que argumentaba con razón que el establecimiento de la fábrica había significado un fuerte desembolso a la Hacienda Real y a la ciudad, y que, un traslado de tal naturaleza requería de la autorización expresa del rey.  Luego de muchas discusiones la Audiencia y el virrey, quien suponía que algún interés particular debían tener los que se oponían a la mudanza, llegaron a una solución de compromiso acordándose que sólo se llevaría a La Plata la mitad de las herramientas y materiales por si se consideraba necesario de volver a abrirla en un futuro. [46]

 

         Casi a fines de 1572 Toledo comentó a Felipe II desde el Cusco que con la mitad de las herramientas que se han quedado en Lima se hacen algunas labores, refiriéndose seguramente a las que llevan la marca de Xinés Martínez, pero de inmediato aclara que la producción de moneda en Lima es tan escasa que:

 

"…puedo certificar a Vuestra Magestad que desde diez leguas a la Ciudad de los Reyes acá, no solo no corre moneda acuñada, pero ni aún ni un real no he visto ni se que haya." [47]

 

         El 20 de Marzo de 1573 insistió el virrey sobre el tema de la falta de moneda en Lima, y asegura que solo se trata con plata corriente. [48]

 

 

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[1].- La provisión real indicaba que las coronas debían fabricarse con el mismo peso, valor y ley que en los dominios de Castilla, es decir con oro de 22 quilates.

[2].- Medina, José Toribio. Moneda Coloniales Hispano Americanas.  Santiago de Chile,  1919. p.148.  Cita como referencia la antigua clasificación del Archivo General de Indias de Sevilla  ( en adelante A.G.I.) :  A.G.I. 140-1-31.

[3].- Medina. J.T. 1919.  Ob. cit. p.149. Dice Medina que esta carta la tomó de la Colección Torres de Mendoza, Tomo IV. p.99. 

[4].- A.G.I. Lima 28-A. Cartas y expedientes del Virrey de Lima 1522-1573. El Conde de Nieva a Su Magestad.  Lima, 28 de abril de1561.

[5].- A.G.I. Lima 28-A. Cartas y expedientes del Virrey de Lima. 1522-1573. Carta a S.M. del virrey conde de Nieva.  Los Reyes, 26 de diciembre de 1562. punto 8.  El historiador boliviano Julio Benavides M. considera que al decir Arequipa se refiere al puerto arequipeño de Quilca "por donde se internaban las mercaderías de ultramar con destino a Potosí."  Historia de la Moneda en Bolivia. La Paz, 1972

[6].- A.G.I.  Lima 92. El licenciado Castro a Su Magestad. Lima 20 de noviembre de 1564.

[7].- En el Catálogo de Pasajeros a Indias.  Sevilla 1980. Vol. IV p.365. N° 2.982. El Licenciado Lope García de Castro del Consejo Real de las Indias, al Perú, como Presidente de la Real Audiencia de Lima.

[8].- A.G.I. Lima 92. Lic. Matienzo a S.M.  La Plata 20 octubre 1561.

[9].- Ibid.

[10].- Medina J.T. (1919) Ob. cit.  Toma la carta de la colección Torres de Mendoza, Tomo V p.99.  Carta del Virrey a S.M. de 15 setiembre 1556.   En esta carta dice además el virrey que en caso se autorice la creación de la ceca "inviese la orden de todo y algunos oficiales y herramientas porque como aca no ha habido no se hallarán".

[11].- A.G.I. Lima 28-A.  Cartas del conde de Nieva a S.M.

[12].- A.G.I. Lima 92.  Lic. Castro a S.M.  Lima 12 enero 1566.

[13].- A.G.I. Lima 92.  Lic. Castro a S.M.  Lima 15 junio 1566. punto 4.

[14].- A.G.I. Contaduría 1683. Ramo 5. Libro Grande de la Casa de Moneda de Los Reyes, en que están las ordenanzas. folio 3.

[15].- A.G.I. Lima 92.  Cartas y Expedientes del Presidente y Oidores.  Lic. de Castro a S.M.   Los Reyes, 3 de junio de 1566

[16].- A.G.I. Lima 92.  Lic Monzón a S.M. Los Reyes, 22 de setiembre de 1566.

[17].- A.G.I.  Lima 92.  Lic. Castro a S.M. Los Reyes, 1 de octubre de 1566. punto 9.

[18].- Ibid.

[19].- A.G.I. Lima 92. Lic. García de Castro al Consejo.  Los Reyes, 22 de abril de 1567. punto 7.

[20].- A.G.I. Lima 92.  Lic. Castro a S.M. Los Reyes, 20 de diciembre de 1567.  A fin de hacer sitio en las Casas Reales para acomodar a los nuevos inquilinos mencionados en la carta, el gobernador pide al rey que "mande que los hoydores se salgan desta casa real porque tienen ocupados donde se a de hazer la carcel.

[21].- A.G.I. Lima 1993.  Lic. Castro a S.M. Los Reyes 7 de febrero de 1568.  Esta carta indujo a muchos estudiosos de la ceca limeña a considerar el mes de marzo de 1568  como aquel en que se inició la acuñación en Sud América.

[22].- A.G.I. Contaduría 1683. Ramo 5.  Alonso Rincón fue confundido algunas veces con el primer ensayador  de la ceca de México del mismo nombre.  El Alonso Rincón de México sin embargo ocupó el cargo de ensayador de la ceca de Nueva España de 1536 a 1542. En 1546 estaba de regreso en España y falleció en Madrid  en 1555. 

[23].- En el Catálogo de Pasajeros a Indias. vol. IV, Madrid 1980. aparecen los nombres de Lope de Mendaña (N° 2.983); Nuño Carvajo  (N° 2.994); y Juan de Evia (N° 3.098) todos con la indicación de ser "criados del Licenciado Castro". 

[24].- A.G.I. Contaduría 1683. Ramo 5.

[25].- Moreyra Paz Soldán, Manuel.  Ob.cit.  Lima, 1980. p.92.

[26].- A.G.I. 1683. Ramo 5. Provisión de la Audiencia sobre la orden de las pagas y pregón público de las mismas.  Los Reyes 2 de noviembre de 1568.

[27].- A.G.I. Contaduría 1683. Ramo 5. fol. 9.

[28].- Ibid.

[29].- A.G.I. Contaduría 1683.  Sobre que se prosiga como se ha hecho en el labrar de los reales. Lima, 4 de enero de 1569.

[30].- A.G.I. Lima 270.  Dos libros de cartas y documentos remitidos por la Audiencia de Lima. Lic. Lope de Castro al Consejo.  Los Reyes, 27 de abril de 1569.

[31].- Ibid. Carta del Dr. Cuenca a S.M. Los Reyes, 6 de febrero de 1571. punto 5.

[32].- A.G.I. Lima 93.  Cartas y expedientes del presidente y oidores (1568-1599)  Carta del Lic. Castro a  S.M. Los Reyes, febrero 1568. punto 4.

[33].- A.G.I. Lima 569. Real Cédula del 15 de febrero de 1567.

[34].- A.G.I. Lima 576.  Registros de partes, Reales órdenes dirigidas a las autoridades del distrito de la Audiencia (1545-1576).  Real Cédula al Virrey. Madrid, 19 de diciembre de 1568.

[35].- A.G.I. Lima 28A. Cartas y expedientes del Virrey de Lima (1522-1573). Carta a S.M. del virrey Toledo. Los Reyes 8 de febrero de 1570. punto 20.

[36].- Dargent Chamot, Eduardo. Los Reales de a Ocho acuñados en Lima en 1568 y 1569.  Cuaderno de Numismática y Ciencias Históricas. N° 49. Buenos Aires, Octubre 1985.  Efectivamente en los últimos días de acuñación de 1568 y los primeros de 1569 se acuñaron reales de Ocho, y hay documentación sustentatoria que indica las cantidades en algunos casos.  Durante muchos años se pensó que las monedas de Ocho Reales de la ceca inicial de Lima habían sido pruebas y hasta se pretendió sustentar que eran falsificaciones.

[37].- A.G.I. Contaduría 1683.  Se conocen los detalles del juicio por las declaraciones que hicieron  posteriormente los empleados de la ceca como testigos en el juicio que se le siguió a Loarte.

[38].- A.G.I. Justicia 463.  Testimonio del Dr. Loarte para que se recogiesen los reales que se habían hecho en la casa de moneda.

[39].- Libros de Cabildos de Lima. (en adelante L.C.L. Tomo VII p.54.  Sobre la actuación del ensayador Martínez ver: La actuación del ensayador Xinés Martínez en la Casa de Moneda de Lima  por Kurt Dym. Gaceta Numismática (A.N.E.) Barcelona, setiembre 1981. número 62.

[40].- A.G.I. Lima 200. ya citado. Carta del Dr. Cuenca a S.M. Los Reyes 6 de febrero de 1571.

[41].-A.G.I. Lima 270. Carta del lic. Ramírez de Cartagena a S.M. Los Reyes, 12 de febrero de 1571. punto 17.

[42].- A.G.I. Lima 270. Carta del Lic. Vizcarra a S.M. Los Reyes, 28 de marzo de 1571.

[43].- Pradeau, A.F. Grabadores de la ceca de México.  Gaceta Numismática. N° 33.  A.N.E. Barcelona, junio 1974.  p.31.

[44].- A.G.I. 270.  Carta del lic. Ramirez de Cartagena a S.M. Lima, 24 de abril de 1571.

[45].- Medina, J.T. ob. cit. 1919. p.155.

[46].- Ibid. p. 156.

[47].- A.G.I. Lima 28-8.  Carta del virrey Toledo a S.M. Cuzco 24 de setiembre de 1572.

[48].- Ibid. Toledo a S.M.. Potosí, 20 de marzo de 1573.